Contar la debida excepción de uso de equipos fiscales.
Contar con un certificado electrónico expedido por un prestador de servicios de certificación registrado ante la Dirección Nacional de Firma Electrónica del Registro Publico de Panamá, con el cual deberá firmar sus documentos electrónicos.
Estar debidamente registrado en el Sistema de Factura Electrónica de Panamá ante la DGI.
Emitir los documentos según las especificaciones establecidas en la ficha técnica.
Contratar los servicios de al menos un proveedor de Autorización Calificado (PAC) para obtener la autorización de uso de sus documentos electrónicos.
Reportar los evento posteriores relacionados a una Factura Electrónica.