Facturación electrónica en Panamá (SFEP)

Cuadro comparativo EF VS FE

DGI Reglamenta el uso de Facturación Electrónica en Panama
(SFEP)

La Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), reglamentó el uso de la facturación electrónica en Panamá a partir de este año y los cambios que implican para los usuarios de los equipos fiscales.

DECRETOS

  • 766 de 29 de diciembre de 2020, por el cual se establecen las normas relativas a la adopción de la factura electrónica, dirigido a empresas que están exceptuadas del uso de equipos fiscales.
  • 770 de 30 de diciembre de 2020, que establecen las normas relativas al acogimiento de equipos fiscales para la emisión de comprobantes fiscales y otros documentos.

Acatando lo establecido por los mencionados decretos

      • 201-0292 de 20 de enero de 2021, donde se dictan requerimientos técnicos que deben contener los equipos fiscales utilizados a nivel nacional, así como la homologación y autorización para distribuir o enajenar equipos fiscales en el territorio nacional.
      • 201-0294 de 29 de enero de 2021, también establece la complementación de los deberes y obligaciones de los distribuidores de centros de servicio técnico autorizados, así como los usuarios de equipos fiscales adaptados al alcance del proyecto PLACEF (Plataforma de Comunicación para Equipos Fiscales).
      • 201-0295 de 20 de enero de 2021 dicta la reglamentación de los proveedores de autorización calificados, mejor conocido por sus siglas (PAC), para la factura electrónica.

Estas normas permiten a la administración tributaria auditar los equipos fiscales mediante la transmisión de los datos reales de las transacciones desde los equipos fiscales a la DGI y, por otra parte, abren el plan de facturación electrónica a aquellos contribuyentes interesados en aprovechar las oportunidades y ventajas del comercio electrónico.

La DGI asegura que estas normas no deberían suponer costes en la mayoría de los casos, ya que se contempla el derecho a créditos fiscales en relación con los equipos fiscales y el sistema de facturación gratuita en el plan de facturación electrónica.

Además, el Decreto Ejecutivo 766 del 29 de diciembre de 2020 establece la figura del Proveedor de Autorización Calificado (PAC), que garantiza la continuidad del servicio a quienes deben documentar sus operaciones de transferencia, venta de bienes y prestación de servicios mediante emisión electrónica. Cualquier persona física o jurídica que desee utilizar la facturación electrónica como método de facturación puede acogerse al servicio de los QAP autorizados por la DGI.

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